Artículo de opinión de Lola Lopez-Muelas Vicente,  Vocal de la Asociación Española de Abogados de Familia (AEAFA), publicado el 27/04 en www.abogacia.es (Consejo General de la Abogacía Española), en relación a la actual situación de parálisis en los procesos de adopción internacional causada por la crisis del Covid-19.

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Los cambios jurídicos y sociales en algunos países de origen han frenado las adopciones internacionales de niños en el extranjero de forma notable en los últimos 10 años. Esta circunstancia ha provocado que los trámites burocráticos se hayan vuelto más complejos y los periodos de espera de los padres adoptantes se hayan alargado en el tiempo.

Normalmente, la elección del país de origen del futuro hijo es una decisión fundamental que los padres adoptan antes de iniciar el proceso mismo de adopción. Y esto es así porque el estudio psicosocial consiguiente debe adaptarse a las exigencias de legislación de cada país. En las adopciones internacionales entran en juego dos legislaciones, la española y la del país de origen, por tanto se han de cumplir los requisitos y procedimientos de ambas leyes.

Por otra parte, los niños y niñas adoptables por extranjeros deben contar con una declaratoria de adoptabilidad internacional que es otorgada por la autoridad competente del país de adopción. Cada país puede exigir requisitos específicos para la adopción así como admitir o no una adopción monoparental u homoparental. Ha detenerse en cuenta que intervienen los organismos competentes en adopción internacional de dos países, el de los solicitantes y el de origen del niño, correspondiendo a cada uno distintas responsabilidades.

Según el último Boletín de datos estadísticos de medidas de protección a la infancia en el año 2018, se adoptaron 445 menores los cuales procedían en su mayoría de países como Vietnam, China y la India. La edad media de los menores era de tres años aproximadamente.

Haciendo un breve resumen comparativo y a modo de ejemplo entre los distintos países con los que se han realizado adopciones internacionales podríamos destacar que:

La adopción internacional en Vietnam actualmente se encuentra suspendida a pesar de ser el país con más adopciones internacionales por parte de españoles en 2017 y 2018.

También China ha endurecido mucho los requisitos exigidos para adoptar a pesar de haber sido uno de los principales países de origen de los niños adoptados en las últimas décadas. Según se nos ha informado, actualmente está exigiendo hasta el índice de masa corporal de los adoptantes y un mínimo nivel de estudios. De hecho, China ha suspendido la remisión de nuevos expedientes de adopción desde el año 2014 excepto para menores con necesidades especiales lo que se denomina como “Pasaje Verde”.

En la India, sin embargo, los tiempos de espera para adoptar han disminuido en los últimos años gracias a la actuación de “CARA”, un órgano central de adopciones, de forma que el proceso se encuentra más controlado que con anterioridad.

En Etiopía actualmente no se puede adoptar ya que en el año 2017 se aprobó por el Parlamento una ley que modificó su Código de Familia y prohíbe la adopción internacional, de forma que muchas de las adopciones que en ese momento se estaban tramitando quedaron suspendidas de forma inmediata.

En otros países como Rumanía, por ejemplo, solamente pueden adoptar ciudadanos rumanos residentes en el extranjero.

Asimismo, se debe tener en cuenta aquellos países que prohíben la adopción por parte de parejas homosexuales, frente a los que sí permiten caso de Brasil, Colombia, Sudáfrica, etc. O aquellos otros tantos países donde no se admite la adopción homoparental como Rusia o China (excepto si se es una mujer), entre otros.

Somos conscientes de que la tramitación de un expediente de adopción internacional es arduo, compleja y son muchos los requisitos que se han de cumplir para llevar ésta a cabo. Y eso, sin tener en cuenta el tiempo de espera de los progenitores que están interesados en dicha adopción, por lo que se recomienda siempre acudir al asesoramiento de un abogado cualificado, así como recurrir a una entidad colaboradora de adopción internacional.

Las ECAI son entidades privadas sin ánimo de lucro acreditadas tanto en los países de origen de los niños adoptados como en las Comunidades Autónomas. Su función es otorgar asesoramiento a todas aquellas personas que están dispuestas a adoptar al tiempo que garantizan la máxima protección de los menores. Algunos países no tramitan ningún expediente de adopción si no es a través de la intervención de estas entidades colaboradoras.

Si como decíamos al inicio de nuestro artículo las adopciones internacionales han descendido de forma brusca en los últimos años, incluso a menos de la mitad, nos preguntamos qué va a ocurrir y cuáles van a ser los requisitos a partir de ahora que estamos sufriendo una pandemia y una crisis sanitaria con el COVID-19.

Si en los últimos años la mayoría de los niños adoptados procedían de Asia, seguido de Europa, América y, por último, África ¿significa esto que se van a interrumpir de forma indefinida todas las adopciones internacionales que estaban en curso?

Somos conscientes de que, tras una larga tramitación, muchas familias estaban esperando poder viajar en los próximos días a los países de origen para recoger a sus hijos adoptivos. Sin embargo, tras decretarse el estado de alarma por el coronavirus y la suspensión de vuelos y cierre de fronteras, se han visto frustrados sus sueños de poder por fin encontrarse con esos niños que también esperan a sus padres a miles de kilómetros.

Y esta es otra de las consecuencias de la crisis del COVID-19, la paralización de las adopciones tanto nacionales como internacionales al haberse decretado la suspensión de todos los procesos que estaban en curso.

Además del sufrimiento que supone para cualquier ser humano el atravesar por una crisis sanitaria como la que estamos sufriendo actualmente en todo el mundo, hemos de pensar que resulta especialmente doloroso este proceso para aquellas personas que ya se encontraban en la fase final de la tramitación del procedimiento de adopción y, además, estaban preparando sus maletas para recoger a sus pequeños y poder abrazarlos.

Desconocemos actualmente cuántas familias se encuentran tramitando un expediente de adopción internacional en España en este momento. No obstante, puesto que la pandemia está afectando a muchos de los países con los que se estaban tramitando dichas adopciones internacionales es esperable que por parte de cada uno de estos países se adopten medidas dentro del contexto de su soberanía nacional que afecten a dichos procedimientos de adopción, a fin de proteger la posibilidad de expansión del virus. Desconocemos cuáles serán dichas medidas y nos preguntamos si se van a endurecer los requisitos exigidos por cada uno de los países de origen de los niños adoptados para los padres adoptantes.

Según nos informan, el Ministerio de Asuntos Exteriores ha dado traslado de comunicaciones recibidas desde República Checa, Filipinas, India, Colombia y Tailandia en las que se informa que puede haber cambios de carácter temporal que alarguen la conclusión de los procedimientos. Según el Instituto Aragonés de Servicios Sociales, la demora puede afectar tanto aquellos casos que podrían estar próximos a recibir la asignación del menor como a aquellos que ya tienen adjudicado un niño pero que no han podido viajar al país (Heraldo).

Imaginamos que la crisis del COVID-19 va a cambiar el panorama internacional en cuanto a países que hasta la fecha han venido permitiendo la adopción internacional, puesto que se están adoptando distintas medidas en cada uno de esos países para la protección de la población, y sobre todo, de los menores, y ello conllevará probablemente una alteración de los requisitos exigidos en los países de origen de los hijos adoptables y de los padres adoptivos.

Todo ello quizá tenga como consecuencia un aumento de las adopciones nacionales y una mayor flexibilización del proceso en estas últimas, de forma que se agilice la tramitación a todas aquellas familias que desean adoptar a un menor a fin de que puedan llevar a cabo dicho procedimiento en nuestro país.