Entrevista realizada para Abogacía Española: https://www.abogacia.es/2019/04/01/lola-lopez-muelas-presidenta-de-aijudefa-necesitamos-tribunales-con-jueces-y-fiscales-expertos-en-derecho-de-familia/

«Necesitamos tribunales con jueces y fiscales expertos en derecho de familia»

Lola López-Muelas es abogada especializada en derecho de familia nacional e internacional desde hace más de 25 años. Es miembro de la Asociación Española de Abogados de Familia y representante de esta institución en Murcia, coordinadora de las Jornadas de Derecho de Familia (AEAFA y Colegio de Abogados) y presidenta de la Sección de Familia del Colegio de Abogados de Murcia. Miembro de distintas asociaciones nacionales e internacionales de abogados. También tiene formación como mediadora y abogada colaborativa. Recientemente fue nombrada presidenta de la Asociación Internacional de Juristas de Derecho de Familia, (AIJUDEFA), que ha celebrado su I Congreso en Santo Domingo (República Dominicana) los pasados 5, 6, y 7 de diciembre de 2018.

  1. Como abogada especializada en derecho de familia, ¿cuáles son los principales motivos de divorcio?

Hay multitud de causas que fundamentalmente dependen de la edad de los cónyuges. Es cierto que hay una gran cantidad de divorcios entre parejas más jóvenes porque actualmente la sociedad ha cambiado mucho y los jóvenes se sienten mucho más libres a la hora de romper una relación. Hoy el divorcio en España no es casual, no tenemos que justificar una causa concreta para interponer la demanda, tan solo con probar que han transcurrido más de tres meses desde el matrimonio es suficiente.

  1. Con su trayectoria a nivel nacional e internacional ¿Qué diferencia hay entre los divorcios de los españoles y los de otros países?

En muchos países todavía existe el divorcio causal y primero se ha de pasar por una separación legal o de hecho antes de poder interponer la demanda de divorcio, por lo que hasta que no transcurren unos plazos es imposible divorciarse. Por ello, muchos extranjeros quieren divorciarse en España por la facilidad que aquí existe, así como por otros motivos económicos.

Por otra parte, cuando planteamos el divorcio entre personas de otros países tenemos que analizar muchas cuestiones tanto de competencia como de ley aplicable. Asimismo, mientras en nuestro procedimiento de divorcio o separación podemos discutir y resolver todo tipo de medidas en el mismo proceso, tanto personales como patrimoniales (custodia, alimentos para los hijos o para los cónyuges, pensiones compensatorias) en otros países todas estas cuestiones se solventan en distintos procedimientos y no en uno solo.

  1. ¿Cuáles son las carencias más importantes que aprecia en la actual normativa sobre derecho de familia?

Ante todo, lo que más se echa en falta es una jurisdicción especializada en derecho de familia. Necesitamos que nuestros tribunales se doten de jueces y fiscales expertos en derecho de familia. Todos tenemos derecho a acceder a tribunales especializados y que no dependa del lugar donde residimos la posibilidad de obtener las mismas garantías jurídicas. Por otra parte, el colapso que existe en muchos juzgados da lugar a que muchos procesos se alarguen enormemente en el tiempo y no podemos dejar que cuestiones tan importantes como los alimentos de un menor o el régimen de visitas puedan incluso alcanzar más de un año de tramitación. Una justicia lenta no es justicia.

  1. La custodia de los menores es uno de los conflictos más comunes de los padres ¿cómo se debería actuar para evitar este tipo de conflictos?

Muchas veces el problema real está en las consecuencias que conlleva el otorgamiento de la custodia a uno u otro progenitor. La atribución del uso del domicilio a los menores da lugar a que el progenitor que no ostenta la custodia tenga que salir del domicilio y no solo abonar los gastos que conlleva el alquiler de una vivienda sino también los gastos de hipoteca del anterior domicilio, las pensiones de los hijos… ello muchas veces es insostenible y conlleva conflictos entre los cónyuges. Realmente en muchas ocasiones la petición de custodia va unida a intereses económicos ocultos de alguno de los progenitores sin pensar en el daño que les pueden ocasionar a sus hijos.

  1. ¿Cuál sería su criterio para atribuir la custodia al padre o a la madre?

Cada caso hay que estudiarlo especialmente porque cada familia es distinta. Es fundamental que el padre o madre que ostente la custodia pueda ejercerla realmente, que se puedan ocupar de sus hijos y no se trate de una mera estrategia que oculte intereses egoístas de los progenitores. Actualmente existe la tendencia a pedir custodia compartida de forma generalizada y muchos padres no reúnen los mínimos requisitos para ostentarla. Nuestro Tribunal Supremo ha expresado que la custodia compartida es el modelo deseable pero también determina unos requisitos y condiciones que muchos padres no cumplen y el juzgador tiene que examinar cautelosamente todos estos requisitos porque lo que está en juego es el interés superior de los menores.

  1. ¿Hasta qué punto se pueden ver afectados los menores en los procedimientos de separación?

Cuando los padres no llevan bien su ruptura e involucran a los menores en el conflicto, cuando utilizan a los mismos para hacerse daño o como interlocutores, cuando no existe un respeto mínimo o se enzarzan en luchas por conseguir la custodia de los menores sin pensar qué es lo más beneficioso para los mismos, no se dan cuenta que el sufrimiento que están provocando en sus hijos va a interferir definitivamente en su desarrollo emocional y en muchas ocasiones esta afectación perdura en su madurez.

  1. Uno de los casos más polémicos en España sobre este asunto ha sido el de Juana Rivas ¿Considera que el papel de los medios de comunicación puede ejercer una visión errónea de los hechos?

Por supuesto. Los medios de comunicación pueden influir decisivamente en la opinión pública y una información mala o defectuosa puede hacer mucho daño en un proceso judicial y esto también ocurre en derecho de familia. En el caso de Juana Rivas, por ejemplo, se distorsionó la realidad y se apoyó a una persona que había cometido una retención ilegal de unos menores.

  1. Usted también ha ejercido como mediadora ¿cuáles son las ventajas de este sistema de resolución de conflictos?

La mediación es una muy buena alternativa a la resolución de conflictos porque a través de ella las partes pueden llegar a alcanzar acuerdos por ellos mismos con la ayuda de un mediador y solucionar muchos problemas de su ruptura de acuerdo a sus propios intereses, llegando a pactos que van a perdurar en el tiempo. La negociación colaborativa también es una muy buena alternativa a la resolución de conflictos en la que intervienen los abogados con las partes a lo largo de todo el proceso de negociación contando con la ayuda de un mediador en caso de ser necesario. Nunca una sentencia de un juez dictada en un proceso contencioso de divorcio puede llegar a solucionar tantos conflictos y detalles como los que se pueden resolver en un acuerdo alcanzado por las partes, sea a través de la mediación como a través de un acuerdo colaborativo.

  1. ¿Qué tipo de casos son los más complejos para ejercer la mediación?

Sobre todo, en los casos en los que una de las partes ejerce un poder sobre otra o en los casos de violencia, pero la mediación es incluso beneficiosa en los casos de sustracción internacional.

  1. Otro de los conflictos más comunes es el del reparto del patrimonio ¿qué medidas considera que habría que implantar para agilizar estos procesos?

Los procedimientos de liquidación de patrimonios pueden hacerse eternos en un juzgado ya que el propio proceso en si conlleva una serie de operaciones muy complejas, lo que unido al colapso de los Juzgados nos puede llevar a un plazo superior a los diez años hasta que se finaliza el mismo. La única solución posible siempre es dotar a los juzgados de más recursos, más jueces y funcionarios y una optimización de la justicia, por ejemplo, a través de la implantación de alternativas a la resolución de conflictos con la mediación o la negociación colaborativa.